Page:United States Statutes at Large Volume 51.djvu/50

From Wikisource
Jump to navigation Jump to search
This page needs to be proofread.

INTER-AMERICAN-NON-INTERVENTION-DECEMBER 23, 1936 47 PROTOCOLO ADICIONAL RELATIVO A NO INTERVENCION Los Gobiernos representados en la Conferencia Interamericana de Consolidaci6n de la Paz, Deseosos de asegurar los beneficios de la paz en sus relaciones mutuas y con todos los pueblos de la tierra, y de abolir la practica de las intervenciones; y Teniendo presente que la Convenci6n sobre derechos y deberes de los Estados, subscripta en la VII Conferencia Internacional Americana, el 26 de diciembre de 1933, consagr6 el principio fundamental de que "ningin Estado tiene el derecho de intervenir en los asuntos internos y externos de otro", Han resuelto reafirmar dicho principio celebrando, al efecto, el siguiente Protocolo Adicional, a cuyo fin han nombrado los Plenipo- tenciarios que a continuaci6n se mencionan: Argentina: CARLOS SAAVEDRA LAMAS, ROBERTO M. ORTIZ, MIGUEL ANGEL CARCANO, JosE MARfA CANTILO, FELIPE A. ESPIL, LEOPOLDO MELO, ISIDORO RUIZ MORENO, DANIEL ANTOKOLETZ, CARLOS BREBBIA, CESAR DIAZ CISNEROS. Paraguay: MIGUEL ANGEL SOLER, J. ISIDRO RAMIREZ. Ilonduras: ANTONIO BERMtDEZ M., JULIAN L6PEZ PINEDA. Costa Rica: MANUEL F. JIMENEZ , CARLOS BRENES. Venezuela: CARACCIOLO PARRA PEREZ, GUSTAVO HERRERA, ALBERTO ZEREGA FOMBONA. Peru: CARLOS CONCHA, ALBERTO ULLOA, FELIPE BARREDA LAOS. DI6MEDES ARIAS SCHREIBER. El Salvador: MANUEL CASTRO RAMIREZ, MAXIMILIANO PATRICIO BRANNON. Mexico: FRANCISCO CASTILLO NXJERA, ALFONSO REYES, RAM6N BETETA, JUAN MANUEL ALVAREZ DEL CASTILLO.