Page:United States Statutes at Large Volume 58 Part 2.djvu/362

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1282 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [58 STAT. a) La Commodity Credit Corporation dispondra la obtenci6n, y la venta al Gobierno Dominicano, de una cantidad convenida de semilla de frijol rojo "rii6n" que fomente la producci6n de la variedad que la Commodity Credit Corporation se ha comprometido a comprar. La Foreign Economic Administration se empefiarf en facilitar, por todos los medios practicos, el fomento de un exceso de producci6n de frijoles rojos "rin6n". "7.-La Commodity Credit Corporation, o su apoderado, se com- promete a comprar, hasta el 1 de Julio, 1945, mantequilla, huevos, legumbres frescas y frutas, producidos en la Repfblica Dominicana, bajo las condiciones siguientes: La Commodity Credit Corporation desea poder comprar cantidades considerables de los citados productos perecederos. Como el espacio para embarques refrigerados es el factor decisivo y por el momento no pueden preverse los requeri- mientos, se entiende que la Repfiblica Dominicana concedera a la Commodity Credit Corporation primera opci6n sobre toda la mante- quilla, todos los huevos, legumbres frescas y frutas que ofrezcan los vendedores para la exportaci6n. Los permisos de exportaci6n para estos productos se concederAn solamente a la Commodity Credit Corporation o a su apoderado, excepto en caso que se haya hecho una oferta escrita a la Commodity Credit Corporation o a su apoderado y fuere rehusada por escrito, o no sea contestada dentro de los 10 dias despues de haber sido sometida. a) Siempre que la Commodity Credit Corporation o su apoderado, pueda determinar de antemano sus requerimientos para un periodo de 6 meses, hara publicar en la Republica Dominicana precios, especifi- caciones y cantidades de los citados productos perecederos que compra- rA durante los 6 meses siguientes respectivos, y, posteriormente, mientras este en vigor el Acuerdo, publicara avisos similares peri6- dicamente. b) Se tiene la idea de que este procedimiento de avisos permitira a los productores dominicanos establecer un programa de producci6n. "8. - La Commodity Credit Corporation, o su apoderado, se com- promete a comprar, hasta Julio 1, 1945, la totalidad del excedente exportable de ganado vacuno vivo de la Repfblica Dominicana bajo las condiciones siguientes: La Commodity Credit Corporation pa- garA 12 centavos, moneda corriente de los Estados Unidos, por kilo de res viva, al alcance del "guinche" del buque, en cualquier puerto de la Repfiblica Dominicana que ella indique. El peso de embarque oficial sera determinado en el acto de embarque. El ganado vacuno vivo entregado bajo este convenio, podrS ser aceptado o rechazado por los inspectores de la Commodity Credit Corporation, si no esta de acuerdo con las especificaciones siguientes: El ganado vacuno vivo que comprar la Commodity Credit Cor- poration sera todo de novillos de primera clase criados en la Republica Dominicana, de un peso promedio no menor de 1.000 libras ameri- canas, de edad no mayor de 4 afnos, libres de enfermedades, sin ma- gulladuras graves, en condiciones de ser exportados y que produzcan una came apropiada para el consumo humano.