Page:United States Statutes at Large Volume 60 Part 2.djvu/742

From Wikisource
Jump to navigation Jump to search
This page needs to be proofread.

1832 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [60 STAT. Americana, 1933, y Conferencia Interamericana de Consolida- ci6n de la Paz, 1936); c) El reconocimiento de que toda guerra o amenaza de guerra afecta directa o indirectamente a todos los pueblos civilizados y pone en peligro los grandes principios de libertad y de justicia que consti- tuyen el ideal de Am6rica y la norma de su politica internacional (Conferencia Interamericana de Consolidaci6n de la Paz, 1936); d) El sistema de las consultas mutuas para buscar un procedimiento de cooperaci6n pacifista, en caso de guerra o amenaza de guerra entre paises americanos (Conferencia Interamericana de Con- solidaci6n de la Paz, 1936); e) El reconocimiento de que todo acto susceptible de perturbar la paz de America afecta a todas las naciones americanas y a cada una de ellas y justifica la iniciaci6n de los procedimientos de consulta (Conferencia Interamericana de Consolidaci6n de la Paz, 1936); f) La adopci6n de la via de la conciliaci6n, del arbitraje amplio, o de la justicia internacional, para resolver toda diferencia o disputa entre las naciones de America, cualesquiera que sean su naturaleza y su origen (Conferencia Interamericana de Con- solidaci6n de la Paz, 1936); g) El reconocimiento de que el respeto de la personalidad, soberania e independencia de cada Estado americano constituye la esencia del orden internacional, amparado por la solidaridad continental manifestada hist6ricamente y sostenida por declaraciones y tratados vigentes (Octava Conferencia Internacional Ameri- cana, 1938); h) La afirmaci6n de que el respeto y la fiel observancia de los tratados constituyen norma indispensable para el desarrollo de las relaciones pacificas entre los Estados y que ellos s61o podr/n ser revisados mediante acuerdo de las partes (Declara- ci6n de Principios Americanos, Octava Conferencia Internacional Americana, 1938); i) La proclamaci6n de su interes comdn y de la determinaci6n de hacer efectiva su solidaridad, coordinando sus respectivas voluntades mediante el procedimiento de consulta, y usando los medios que en cada caso aconsejen las circunstancias, en cualquier ocasi6n en que la paz, la seguridad o la integridad territorial de las Repdblicas americanas se vean amenazadas por actos de cualquier naturaleza que puedan menoscabarlas (Declaraci6n de Lima, Octava Conferencia Internacional Americana, 1938); j) La declaraci6n de que todo atentado de un Estados no ameri- cano contra la integridad territorial o la inviolabilidad del te- rritorio, contra la soberania o la independencia politica de un Estado americano, sera considerado como un acto de agresi6n contra todos los Estados americanos (Declaraci6n XV de la Segunda Reuni6n de Consulta de los Ministros de Relaciones Exteriores, La Habana, 1940);