Page:United States Statutes at Large Volume 49 Part 2.djvu/2003

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Partida de Tarifa Gua- temalteca. 491-4-6 -3 491-6-7 -1 491-6 -7 -2 491-6 -7 -3 RECIPROCAL TRADE-GUATEMALA. LISTA I-Continua Descripcioll de Articul)s Aparatos receptores de telegraHa, telefonfa y televisi6n inahlmbri- cas _________________________ _ Mliquinas de escribir no denomina- das, multfgrafos, hect6grafos y aparatos reproductores de rna- nuscritos, para uso de oficina, eIectricos 0 no _______________ _ Maquinas de escribir portatiles, y sus correspondientes estuches __ _ Maquinas calculadoras con 0 sin soportes especiales y maquinas de escribir provistas de mecanismos calculadores, con 0 sin cubiertas o fundas, elCctricas 0 no _______ _ NOTAS Tarifa Maxima en Quetzales Guatemal- tecos K. B. .25 K. B. .25 K.B . .50 1(. B. .50 NOTA 1. El Gobierno de Guatemala no exigira certificados ni impondra. otras reglamentaciones para 180 importacion y venta de productos alimenticios de cual- quier naturaleza ahora clasificados en las Secciones Primera y Segunda del Arancel de Aduanas de Guatemala que no puedan cumplirse en los Estados Unidos de America por carecer de una Agencia Federal debidamente autorizada para dicho objeto. NOTA 2. El Gobierno de Guatemala no exigira certificados ni impondra. otras reglamentaciones para 180 importaci6n, inscripei6n, licencins y venta de especiali- dades farmaceuticas y rnedicinas de patente ahora clasificados en 180 Secci6n IV, Titulo II, Capitulo 8, del Aranccl de Aduanas de Guatemala, que no puedan cum- plirse en los Estados Unidos de America por carecer de una Agencia Federal debi- damente autorizada para dicho objeto. NOTA 3. No se autorizara. ningun tratamiento especial aduanero a ninguna tercera naci6n con respecto a ninguno del los articulos de nombre comercial espe- cificado U otra designaci6n exclusiva ahora clasificados en la Secci6n IV, Titulo II, CapItulo 8, del Arancel de Aduanas de Guatemala sin previa negociaci6n entre e1 Gobierno de los Estados Unidos de America y el GObierno de la Republica de Guatemala con respecto a una modificaci6n apropiada en la nomenclatura, derechos de importaci6n U otras tasas 0 exigencias sobre las especialidades farma- ceuticas y medicinas de patente clasificadas bajo e1 precitado titulo y capitulo. 4009