Page:United States Statutes at Large Volume 49 Part 2.djvu/948

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2964 CONVENTION-~.ATIOXALITY OF ,\VOMEN. DECEMBER 26, 1933. Peru: ALFREDO SOLF Y h1URO FELIPg BARREDA LAOS LUIS ~-'ERNA.N CISNEROS. Cuba: A~GEL ALBERTO GIRAUDY HEUMINIO PORTELL Y II,A. AU'HEDO N OGUI;UU. Quienes, despues de haber cxhibido sus Plcnos Poderes, que fueron hallados en buena y debida forma, han convenido en 10 siguiente: ARTiClJLO 1 No se hani distinci6n al~una, basada en el sexo, en materia de nacionalidad, ni en la legisIaci6n ni en Ia practica. AlnfcULO 2 La presente Convenci6n srrU rntificada pOl' Ins Altas Partes Con- tratantes, de acuerdo con sus procedimientos constitueionales. El

Ministerio de Helaciones Exteriores de la HCp(lblica Oriental del

Vru~uay queda cncargado de envinr copias ccrtificadas autenticas a los Gobiernos pnra cl refcrido fin. Los instrumentos de ratificuci6n seran depositados en los archivos de In, lJni6n Panamericana, en \Vashington, que notificara dicho deposito a los Gobiernos signatarios; tal notificaci6n valdra como canje de ratificneiones. ARTICULO 3 La pr('sente Convenci6n entrara en vigor entre las Altus Pal't('s Contratant('s ('n el orden en que vayan depositando sus respeelivas rntificaciones. AUTfcULO 4 La presente Convenci6n rc~irli indefinidamente, pero podra s('r denunciada mediante aviso anticipado de un nuo a la Uni6n Pan- americana, que Ia transmitira a los demas Gobiernos signatarios. Transcurrido este plazo, In Convencion cesara en sus cfedos para el denunciante, quedando subsistente para las demas Altas Partes Contratantes. ARTICULO .) La prcsente Convenei6n quedara abierta a In adhe:;:i6n y ueeesi6n de los Estados no signatarios. Los instrumentos eorrespondientes seran depositados en los arehivos de In Union Panamericana, que los eomunieara a las otras Altas Partes Contratantcs. En fe de 10 cuaI, los Plenipotenciarios que a eontinuaeion se indican, firman y sell an la presente Conveneion en espanol, ingles, portugues y frances, en Ia ciudad de :Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, este vigesimosexto dia del mes de diciembre del ano de mil noveeientos treinta y tres. Hondura8 Lit Dele~nci6n de Honduras se adhiere ala Convenci6n de Igualdad de Ia N acionalidltd, con las reservas y Iimitaeiones que determinen In Constituci6n y Leyes de nuestro pais.

M. PAZ flARAOXA. -AUGUSTO C. COELLO.- LU IS BOGHA.~.