Page:United States Statutes at Large Volume 55 Part 2.djvu/645

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55 STAT.] INTER-AMERICAN-RADIO COMMUNICATIONS-JAN. 26, 1940 e) que las frecuencias asignadas a rutas o las frecuencias elegidas para los servicios fijos aeronauticos no seran empleadas para des- pachos meteorol6gicos que podrian ser difundidos mas econ6mi- camente en radiodifusiones generales o por otros medios; f) que para los fines indicados, los paises participantes en esta Con- ferencia preparen y procedan a intercambiar antes del 1° de Marzo de 1941, todas las informaciones pertinentes que puedan ser de valor. XI ESTUDIOS DE LAS FRECUEN CIAS NECESARIAS PARA LOS SERVICIOS AERONAUTICOS. Considerando: a) ue los servicios de aeronautica nacionales o internacionales han demostrado un crecimiento regular y que sin lugar a duda, continuara su expansi6n rapidamente; b) que seria conveniente contar con datos suplementarios concer- nientes a las necesidades de la radio para los servicios aero- nauticos en el Hemisferio Occidental; Recomienda: 1.- que se lleve a efecto un estudio destinado a obtener en la fecha mas pr6xima que sea practicable fijar, un niomero razonable de canales adicionales para los servicios de aeronautica. Si estos canales adicionales fueran considerados necesarios. 2.- que con el fin antedicho, los paises participantes en esta Conferencia preparen y canjeen antes del 1° de Marzo de 1941 todas las informaciones pertinentes que puedan ser de valor para formu- lar proposiciones definitivas para la consideraci6n en la pr6xima Conferencia Internacional de Telecomunicacion es. XII DIVISI6N DE TIEMPO EN EL USO DE LAS FRECUENCIAS DE RUTA Considerando: Que las frecuencias de rutas intercontinentales esthn destinadas a ser empleadas conjuntamente por las aeronaves y las esta- ciones aeronauticas de todos los paises y que el Reglamento General de El Cairo no cubre, hasta ahora, todas las fases de los procedimientos de operaci6nes de radio en los servicios aero- nauticos, como ser, por ejemplo, la divisi6n del tiempo de operaci6n en el uso de las frecuencias de ruta; Se recomienda: Que se haga un estudio con el objeto de determinar que regla- mentos adicionales de radio podrian ser dictados para los servicios internacionales de aeronautica. Que cualquier regla- mentaci 6n adicional de radio para los servicios aeronhuticos sea coordinada con las reglamentaciones existentes cubriendo los servicios m6viles en general, tanto internacionales como indivi- duales de cada pais. 1519