Page:United States Statutes at Large Volume 57 Part 2.djvu/349

From Wikisource
Jump to navigation Jump to search
This page needs to be proofread.

57 STAT.] EL SALVADOR-MILITARY SERVICE-APR. 3 , MAY 14, 31 , 1943 jeros que se hayan registrado bajo la Ley de Entrenamiento y Servicio Selectivo de 1940, reformada, que ademas sean nacio- nales de paises cobeligerantes y que no hayan declarado intenci6n de convertirse en ciudadanos de los Estados Unidos, que elijan el servir en las fuerzas de sus respectivos paises en vez de prestar servicio en las fuerzas de los Estados Unidos, en cualquiera fecha anterior a su alistamiento en las fuerzas armadas de los Estados Unidos. El Gobierno de los Estades Unidos esta tambien preparado a ofrecer a nacionales de paises cobeligerantes, que no hayan declarado su intenci6n de convertirse en ciudadanos de los Estados Unidos y que ya esten sirviendo en las fuerzas armadas de los Estados Unidos, una oportunidad para elegir su transferencia a las fuerzas armadas de su propio pais. Los detalles del arreglo deben ser concertados directamente entre el Departamento de Guerra y el Sistema de Servicio Selectivo, por parte del Gobierno de los Estados Unidos, y las Autoridades respectivas del Gobierno Salvadorefno. Debe ser entendido, sin embargo, que en todos los casos en que una persona ejerza la opci6n contemplada en este arreglo, tal opci6n debe ser aceptada por las Autoridades Militares del Gobierno de su nacionalidad antes de que se permita su partida de los Estados Unidos." De acuerdo con las bases que acaban de copiarse, Vuestra Excelencia me informa, en la misma nota del 3 de Abril ultimo, que antes de que el procedimiento arriba mencionado entre a ser efectivo entre nuestros dos Gobiernos, el Departamento de Estado desea recibir del infras- crito, como Representante Diplomatico de El Salvador en los Estados Unidos de America, una nota declarando que el Gobierno de El Salva- dor desea aprovecharse del mismo procedimiento y que, al hacerlo, se compromete a lo siguiente: (a) "Ningun esfuerzo sera hecho por el Gobierno de El Salvador para inducir a alguna persona en los Estados Unidos para que se aliste en sus propias fuerzas o en las de cualquier Gobierno extranjero; (b) "Un tratamiento reciproco sera concedido por el Gobierno de El Salvador a los ciudadanos de los Estados Unidos de America, esto es, de modo previo al alistamiento en las fuer- zas armadas de su Gobierno, se ofrecerf a ellos la oportunidad de elegir servicio en las fuerzas armadas de los Estados Unidos en una forma sustancialmente igual a la antes descrita. Ademas, el Gobierno de El Salvador se compromete a infor- mar a todos los ciudadanos de los Estados Unidos que esten sirviendo en sus fuerzas armadas, lo mismo que a antiguos ciudadanos de los Estados Unidos que puedan haber perdido su nacionalidad como resultado de haber hecho un juramento de Jealtad al alistarse en tales fuerzas armadas, en las cuales estkn sirviendo, que pueden ahora ser transferidos a las fuer- zas armadas de los Estados Unidos, si ellos asf lo desean y bajo la condici6n de que sean aceptables a las fuerzas arma- 985