Page:United States Statutes at Large Volume 62 Part 3.djvu/1285

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3906 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [62 STAT. The Acting Minister of the Interior, Justice, Health, and Welfare to the Minister of ForeignAffairs SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES DE LA REPUBLICA DE HONDURAS MINISTERIO DE GOBERNACION, JUSTICIA, SANIDAD Y BENEFICENCIA. O. N.7 Tegucigalpa, D.C ., Honduras, C.A . SEOR MIN

30 de junio de 1948. SEROR MINISTRO: Tengo el honor de acusar recibo a Ud. de la nota que literalmente dice: "SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIOREs.- Palacio Nacional: Tegucigalpa, D.C ., 30 de junio de 1948. -N° 3847. -Sefior Ministro: He recibido la nota que textualmente dice: "EMBAJADA AMERICANA. - N ° 19. -Tegucigalpa, D.C ., 29 de junio de 1948.-Excelencia: Tengo el honor de referirme al Convenio BAsico entre el Gobierno de Honduras y el Instituto de Asuntos Interamericanos, de fecha 8 de julio, 1942, segdn fue despues modificado y extendido, el cual provee para la iniciaci6n y ejecuci6n del programa existente de cooperaci6n sanitaria y salubridad en Honduras. Tambien me refiero a la nota de Su Excelencia de 21 de abril, 1948, sugiriendo la consideraci6n de parte de nuestros respectivos Gobiernos de una futura extensi6n del pro- grama. - Como Su Excelencia sabe, el convenio de 8 de julio, 1942, segdn fue enmendado, manda que el programa cooperativo de sanidad y salubridad terminariel 30 de junio, 1948. Sinembargo, conside- rando los beneficios mutuos que ambos Gobiernos aprovechan del programa, mi Gobierno conviene con el Gobierno de Honduras, en que serfa conveniente una extensi6n del programa. Tengo aviso del Dcpartamento de Estado en Washington que pueden ahora hacerse arreglos para que el Instituto continue su cooperaci6n en el programa cooperativo por un perfodo de un afio, de junio 30, 1948 a junio 30, 1949. Se entenderfa que, durante tal periodo de extensi6n, el Instituto pondria una contribuci6n de $ 50,000.00 moneda americana al Servicio Cooperativo Inter-Americano de Salud Pdblica, para usarlos en la conducci6n de las actividades del proyecto del programa, a condici6n de que su Gobierno contribuirfa al mismo Servicio, para el mismo prop6sito con la suma de L 500,000.00 . El Instituto tambi6n tendria gusto durante el mismo periodo de ejecuci6n en tener fondos a la disposici6n para ser retenidos por el Instituto, y no depositados a la cuenta del Servicio, para pago de sueldos y otros gastos de los miembros de la Divisi6n del Instituto de la oficialidad de campo de sanidad y salubridad, que son mantenidos por el Instituto en Honduras. Las cantidades referidas serfan adicionales a las sumas ya requeridas bajo el presente convenio Basico, para contribuirse y ponerse a la disposici6n por las partes en la continuaci6n del programa. - Si Su Excelencia conviene en que la extensi6n propuesta sobre las bases antes dichas es aceptable de parte de su Gobierno, apreciaria el recibo de la expresi6n de la opini6n de Su Excelencia y el convenio del mismo, tan pronto como sea posible, para que puedan plantearse los detalles tecnicos de la extensi6n, por los oficiales del Ministerio de