Page:United States Statutes at Large Volume 56 Part 2.djvu/674

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INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [56 STAT. cuencia, a los diversos 6rganos oficiales que deben intervenir en el mismo las instrucciones pertinentes y de tal modo pueda surtir efectos inmediatos el arreglo a que felizmente se ha llegado. Aprovecho la oportunidad para reiterar a Vuestra Excelencia las seguridades de mi alta y distinguida consideraci6n. E. PADILLA Excelentisimo sefior GEORGE S. MESSERSMITH, Embajador Extraordinarioy Plenipotenciario de los Estados Unidos de America, Presente. [Anexo] A efecto de fijar las bases sobre las cuales los trabajadores mexicanos pueden ser utilizados en los Estados Unidos, y, al mismo tiempo, proveer los medios de que esos mismos trabajadores est6n debida- mente protegidos, se formulan las siguientes recomendaciones: PRINCIPIOS FUNDAMENTALES. Los mexicanos que sean contratados para trabajar en los Estados Unidos no podran ser empleados en ningdn servicio militar; No sufriran actos discriminatorios de ninguna naturaleza; (Orden del Ejecutivo Ndm. 8802, dictada en la Casa Blanca el 25 de junio de 1941). Disfrutaran de las garantias de transporte, alimentos, hospe- daje y repatriaci6n que establece el articulo 29 de la Ley Federal del Trabajo, de Mexico; No seran empleados para desplazar a otros trabajadores, ni para abatir salarios previamente establecidos. A fin de facilitar la mejor aplicaci6n de las bases generales anteriores, se establecen las siguientes clausulas: (Al utilizarse aqui la palabra "empleador" se entendera que se trata de la Farm Security Administration, del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos de Am6rica; la palabra "sub-empleador" se aplicara al propietario o administrador de la finca o fincas en los Estados Unidos en las que prestaran sus servicios los trabajadores mexicanos; la palabra "trabajador" se aplicara al trabajador agricola que emigre a los Estados Unidos sobre las bases que aqui se con- signan). CONTRATOS. a) Los contratos se haran entre el empleador y el trabajador bajo la supervisi6n del Gobierno de Mexico y se redactaran en castellano. b) El empleador contratara con el subempleador a efecto de garan- tizar la debida observancia de los principios contenidos en estas bases. ADMISION. a) Las autoridades sanitarias mexicanas cuidaran en los lugares de origen del trabajador, de que este redna las condiciones fisicas nece- sarias.