Page:United States Statutes at Large Volume 57 Part 2.djvu/338

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974 INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [57 STAT. IV. -Los nacionales de cada pais que, de acuerdo con las leyes de inmigraci6n del otro son "residentes tecnicos" del ultimo pals, conocidos como "residentes fronterizos" (border crossers) deberin ser considerados como residentes del pais en el que de hecho viven, para los fines del servicio militar. V.-Los funcionarios y empleados de cada pals que residan en el otro y cuya situaci6n oficial haya sido notificada al Gobierno del pais en el que estan residiendo-y aceptada por este-no seran con- siderados, para los fines del servicio militar, como residentes del pais en que se encuentran residiendo. VI.-Cada Gobierno, segun lo permitan las necesidades exigidas por el esfuerzo belico, suministrara al otro Gobierno la informaci6n relativa a sus nacionales que hayan sido registrados o reclutados en el servicio militar. VII. -Los nacionales de cada pais que sirvan en las fuerzas armadas del otro, recibiran igual tratamiento y tendrin iguales oportunidades con respecto a comisiones, ascensos, y demas incidentes del servicio militar que los otorgados por el pais respectivo, de acuerdo con las leyes y practicas militares, a sus nacionales. VIII.- Los representantes de cada Gobierno tendran derecho de proteger a sus nacionales que sirvan en las fuerzas militares del otro, en todos los asuntos relacionados con su bienestar, incluyendo, pero sin limitarse a ellos, el pago de pensiones, gratificaciones, indemniza- ciones y otros beneficios para ellos o sus dependientes, cualquiera que sea el lugar en que estos ultimos residan. IX. - Los nacionales de cada pais, que hayan sido registrados o reclutados en el ejercito del otro pais, de acuerdo con las leyes del Servicio Militar de este ultimo, seran-siempre que no hayan declarado su intenci6n de adquirir la nacionalidad del pais en que residen- licrados de servir en el ejercito del pais de su residencia cuando, con su consentimliento, sean designados por el pais del que son nacio- nales para servir en sus propias fuerzas militares, siempre que tal cosa no resulte perjudicial al esfuerzo belico comun. El procedimiento para el traslado y entrega de las personas requeridas, sera concertado por las autoridades de los dos paises a las cuales competa la realizaci6n de los fines sefialados. X. - Los acuerdos contenidos en los puntos anteriores permaneceran en vigor por el tiempo que dure la actual guerra y durante los seis meses subsecuentes a su terminaci6n. En caso de que el Gobierno de los Estados Unidos de America este de acuerdo con el texto preinserto, estimo que la contestaci6n afirmativa de usted a la presente nota sera suficiente para que el arreglo entre desde luego en vigor. Aprovecho la oportunidad para renovarle el testimonio de mi muy atenta consideraci6n. E. PADILLA Sefior HERBERT S. BURBLEY , Encargadode Negocios ad-interim de los Estados Unidos de America. Presente.