Page:United States Statutes at Large Volume 61 Part 4.djvu/544

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INTERNATIONAL AGREEMENTS OTHER THAN TREATIES [61 STAT. D. La Fundaci6n declara, por el presente documento, que el Gobier- no del Perd ha depositado en la cuenta del S.C.P.N .E. en la Oficina de Lima del National City Bank of New York, la suma total de S/.123,935.52, en cuatro partidas iguales de S/.30,983.88, en las siguientes fechas respectivamente: 30 de enero de 1945, 28 de febrero de 1945, 2 de abril de 1945, y 12 de abril de 1945. El Gobierno del Perd declara que la Fundaci6n ha depositado con fecha 26 de enero de 1945, en la cuenta del S.C.P .N .E. en la Oficina de Lima del National City Bank of New York, la suma de US$2,316.67. E. Los fondos del S.C.P .N .E . seran depositados a su nombre en la Oficina de Lima del National City Bank of New York. El Director del S.C .P .N .E . esta autorizado para girar cheques contra esta cuenta y para usar esos fondos para el pago de los gastos del S.C.P .N .E. que hayan sido aprobados previamente por el Ministro. Clausula VII Ambas partes convienen en que todas las estipulaciones del Contrato Basico y de todos los otros contratos que se hayan suscrito al respecto, conservaran su fuerza y vigencia, en todas sus partes, con excepci6n de aquellas clausulas o parrafos que han sido especfficamente modi- ficados por el presente documento. EN FE DE LO CUAL, ambas partes firman el presente Acuerdo, por intermedio de sus representantes autorizados, en el dia, mes y ano que se citan en primer t6rmino del presente documento. Por el GOBIERNO DEL PERU E LAROZA Ministro de Educaci6n Pblica Por la PUNDACION INTER-AMERICANA DE EDUCACION, INC. J GRAHAM SULLIVAN Representante Especial