Page:United States Statutes at Large Volume 8.djvu/279

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TREATY Wl'[`l·l SPAIN. 1519. 267 my secret seal, and countersigned sello secreto, y refrendada. por el by the underwritten my Secretary infrascripto mi Secretario del Desof Despatch of State. pacho de Estado. Given at Madrid, the twenty- Dada en Madrid, aveinte y quafourth of October, one thou- tro de Octubre, de mil ochosand eight hundred and twenty. cientos veinte. [Sign.] FERNANDO. [Sig.] FERNANDO. [Countersigned,] [Refren.] Evanrsro Pnamz nm C.asTno." Evamsro Pmmz rm CASTRO." The following are the grants which have been annulled by the foregoing treaty: COPIA. Don Antonio Porcel, Caballero pensionista de la Real y distinguida Orden de Carlos 3°. del Consejo de Estado, y Secretario de Estado y del Despacho de la Gobernacion de Ultramar, &c. Certiiico que con fecha seis de Fehrero, do mil ochocientos diez y ocho, se espidieron por el estinguido Consejo de las Indias, Reales Cedulas de igual tenor, al Gobernador Capitan General de la ysla de Cuba y su distrito, al lntendente de Exercitu y Real Hacienda de la Havana y su distrito, y al Gobernador de las Floridas, para que Cada uno en la parte que le tocare dispusiese lo conveniente a quo tuviese efecto la gracia concedida al Dugue de Alagon de varios terrenos en la Florida Oriental, cuyo contenido es el siguiente. •¤ EL REY. Mi Gobernador y Capitan General de la ysla de Cuba y su distrito. El Dugue de Alagon, Baron de Espes, me hizo presente en esposicion dc doce de Julio del ano ultimo lo que sigue—Senor: El Dugue de Alagnn, Baron de Espes, Capitan de Guardias do la Real Persona de V. M. con el mayor respeto espone: que siendo un interes de la Corona, que so den a grandes Capitalistas los terrenos incultos para quo so pueblen y cultiven en lo que se resultan unas ventajas demostradas y aeonsejadas por todos los Politicos, en cuyo caso se hallan muchos, ocasi los mas del fertil suelo de las Floridas ; y siendo tambien un derecho de V. M. como dueno absoluto, el distribulrlos en obseguio de la Agriculture; y en premio y mcompensa de los servicios interesantes que so lo hacen con utilidad de V. M. y de su Reyno todo. Deseoso de merecer estas senales de aprecio de su magnanimo corazon, y do contribuir por mi parte u llenar lss miras del poblacion tan interesantes al bien comunz a V. M. suplica. se digne concederle el terreno inculto que no se halls ccdido en la Florida Oriental, situado entre las Margenes de los Rios Santa Lucia y San Juan, hasta sus embocaduras en el mar, y la Costa del Golfo do la Florida, e yslas adyacentes, con la embocadura en sl Rio Hijuelos, por el grado viente y scis do latitud, siguiendo su orilla izguieuda hasta su nacimiento, tirando una linea ala Laguna Macaco, bajando luego por el Camino del Rio de San Juan hasta la laguna Valdes, cortando por otra linea desde el estrerno norte de esta laguna hasta el nacimiento del Rio Amarima, siguiendo la orilla derecha hasta su emboeadura por los viente y ocho u viente y cinco de latitud, y continuando por la costa del mar, con todas sus yslas adyacentes, hasta la emboca. dura del Rio Hijuelos, en plena propiedad para si y sus herederos, y permitiendose la introducion dc N egros para el travajo y cultivo de las tierras libre de derechos: gracia que espera merecer do la innate piedad de V. M. Enterado del contenido ds esta esposicion, y atendiendo al distinguido mcrito de este sugeto, y a su acreditado celo por mi Real servicio, como tambien a las vcntajas que resultaran al Estado del aumento do poblacion de los citados paises que pretends, he tenido a bien acceder ala gracia que solicita cn quanto no se oponga a las Leyes de esos mis Reynos; y comunicarlo al mi. Conscjo de las Indias para su execucion, en Real orden do diez y siete de Diciembre del rcferirlo ano. En su consecuencia os mando y en cargo por esta mi Real cedula que com arrcglo a las Leyes que rigen en la materia, auxilieis eficazmente la execucion de la espresada gracia, tomamlo todas las disposiclones que se dirigan asu devido cfecto, sin perjuicio de tercoro, y para que el espresado Duguc de Alagon pueda desde luego poner en execucion su designio conforme en todo con mis benilicos deseos en obsequio de la agriculture y corncrcio de dhas posesiones, quo